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NO EXISTE VERIFICACIÓN PAGO DEL ALQUILER. RESOLUCIÓN EXTINGUIDA

Esta incidencia se produce porque en el Ministerio de Vivienda consta una resolución de tu Comunidad Autónoma concediéndote el derecho a las ayudas. Sin embargo, no se ha acreditado que te encuentras al corriente en el pago de tu alquiler. Además, esta resolución ya está extinguida.

Para poder cobrar los meses a los que has tenido derecho a las ayudas es necesario que acredites que estuviste al corriente en el pago de tu alquiler. Como tu resolución ya está extinguida no es posible acreditar este requisito con tu entidad bancaria. En este caso, debes enviar al Ministerio de Vivienda justificantes originales o fotocopias selladas por tu entidad financiera que acrediten que estuviste al corriente del pago de tu alquiler. Recuerda que sólo son válidos los pagos de alquiler mediante domiciliación bancaria (transferencia o domiciliación de recibos). No es posible abonar el importe del alquiler mediante pago en mano, ingreso en efectivo o cualquier otro medio.

 

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